En este complejo escenario, Cuba ha ratificado en múltiples ocasiones su invariable compromiso con la promoción y protección de todos los derechos humanos para todas las personas, con su carácter inter-dependiente e indivisible.


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Fuente: Granma 

Este 10 de diciembre la comunidad internacional celebra el Día de los Derechos Humanos. Hoy nuestro planeta enfrenta grandes desafíos en este tema, como el incremento de la desigualdad y la pobreza, a causa del injusto orden internacional; el aumento de los efectos del cambio climático, que compromete la vida de las generaciones presentes y futuras; la proliferación del odio, la xenofobia y la intolerancia contra las minorías; y la politización, selectividad y manipulación en el tratamiento de los derechos humanos.

En este complejo escenario, Cuba ha ratificado en múltiples ocasiones su invariable compromiso con la promoción y protección de todos los derechos humanos para todas las personas, con su carácter interdependiente e indivisible.

Con este fin, avanza soberanamente en el proceso de fortalecimiento de su marco jurídico e institucional, como parte de la actualización del modelo de desarrollo económico y social, y tras la proclamación de la Constitución de la República. En ella se expresa, en su Artículo 41: «El Estado cubano reconoce y garantiza a la persona el goce y el ejercicio irrenunciable, imprescriptible, indivisible, universal e interdependiente de los derechos humanos,

en correspondencia con los principios de progresividad, igualdad y no discriminación.

Su respeto y garantía es de obligatorio cumplimiento para todos».Mientras otros actores internacionales promueven guerras de rapiña, golpes de Estado y el tratamiento politizado y selectivo de los derechos humanos contra gobiernos que no se pliegan a sus intereses hegemónicos, nuestro país ha ratificado 44 de los 61 instrumentos internacionales en esta materia –que representa un 72,13 % del total– y lo ubica dentro del grupo de Estados miembros de la onu con mayor número de ratificaciones de este tipo, de acuerdo con el Informe Nacional de la República de

Cuba al Examen Periódico Universal del Consejo de Derechos Humanos de 2018.

Frente al bloqueo impuesto por el Gobierno de Estados Unidos, que viola los derechos humanos de todo un pueblo, Cuba continuará ofreciendo su cooperación solidaria a nivel internacional e inmersa en la construcción de una sociedad cada vez más justa, libre, democrática, solidaria, próspera y sostenible, guiada por el ideal de José Martí: «Yo quiero que la ley primera de nuestra República sea el culto de los cubanos a la dignidad plena del hombre», y también por aquella frase de Fidel del 21 de enero de 1959: «La Revolución Cubana se puede sintetizar como una aspiración de justicia social dentro de la más plena libertad y el más absoluto respeto a los derechos humanos»

Cuba y su compromiso con la normativa internacional de Derechos Humanos:

  • Cuba tiene un amplio historial en materia de cooperación con todos los mecanismos de derechos humanos que se aplican sobre bases universales y no discriminatorias.
  • El país ha continuado cumpliendo los compromisos y obligaciones internacionales adquiridos en virtud de tratados internacionales de derechos humanos. Como ya se señaló, es Estado Parte en 44 de estos instrumentos.
  • El 28 de septiembre de 2015, Cuba depositó el Instrumento de Ratificación del Convenio No. 182 sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil, pasando a formar parte del grupo de países miembros de la OIT que han ratificado los ocho convenios fundamentales de esa Organización.
  • El 20 de junio de 2013, Cuba se adhirió al Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.
  • Cuba es Estado Parte de la Convención sobre los Derechos del Niño desde 1991.
  • La Constitución de la República reconoce la igualdad de todos los ciudadanos y la prohibición de la discriminación. El Código Penal sanciona todo tipo de discriminación.
  • Cuba ha alcanzado logros relevantes en la atención y desarrollo de la infancia y la adolescencia, reconocidos a nivel internacional, incluidas las Agencias, Fondos y Programas de las Naciones Unidas que atienden temas del ámbito social.
  • Cuba ha continuado consolidando la calidad de su sistema de salud, con cobertura universal y asistencia gratuita. Es el país mejor dotado en el número de médicos por habitantes, según la Organización Mundial de la Salud.
  • Según el Informe de Seguimiento de la Educación para Todos en el Mundo 2015 (EPT), elaborado por la UNESCO, Cuba es el único país de América Latina y el Caribe que logró cumplir la totalidad de los objetivos globales de la Educación para Todos en el período 2000–2015, meta alcanzada apenas por un tercio de las naciones del orbe. Dicho informe reconoció a Cuba como un país con un desarrollo educacional alto, y la ubica en el lugar 28 en el mundo en su Índice de Desarrollo de la Educación para Todos (IDE).
  • El 3 de octubre de 2019 tuvo lugar en Bruselas, Bélgica, una nueva ronda del diálogo sobre derechos humanos entre Cuba y la Unión Europea, que se desarrolla en el marco del Acuerdo de Diálogo Político y Cooperación entre el país caribeño y el bloque europeo. Las partes reiteraron su interés de que el diálogo contribuya a un tratamiento eficaz, constructivo y no discriminatorio del tema de los derechos humanos, incluido en los foros multilaterales, y a la consolidación del Acuerdo de Diálogo Político y de Cooperación entre la Unión Europea y Cuba.

Fuentes: Informe Nacional de la República de Cuba al Examen Periódico Universal del Consejo de Derechos Humanos de 2018 y Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba.

Cuba es parte de los siguientes instrumentos internacionales en materia de Derechos Humanos:

  1. Convención internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial;
  2. Convención internacional sobre la represión y el castigo del crimen de apartheid;
  3. Convenio 100 OIT relativo a la igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor;
  4. Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza 1960;
  5. Protocolo por el que se instituye una Comisión de Conciliación y Buenos Oficios facultada para resolver las controversias que puedan plantearse entre Estados Partes en la Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza 1962;
  6. Convenio 111 OIT relativo a la discriminación en materia de empleo y ocupación;
  7. Convención Internacional contra el Apartheid en los Deportes;
  8. Convención para la prevención y sanción del delito de genocidio;
  9. Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad;
  10. Convenio Internacional para la supresión de los atentados terroristas cometidos con bombas;
  11. Convenio Internacional para la represión de la financiación del terrorismo;
  12. Convenio Internacional para la represión de los actos de terrorismo nuclear;
  13. Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes;
  14. Convenio Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas;
  15. Protocolo para modificar la Convención sobre la Esclavitud;
  16. Convención suplementaria sobre la abolición de la esclavitud, la trata de esclavos y las instituciones y prácticas análogas a la esclavitud;
  17. Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena;
  18. Convenio 29 OIT relativo al trabajo forzoso u obligatorio;
  19. Convenio OIT No.105 relativo a la abolición de trabajo forzoso;
  20. Convención sobre el derecho internacional de la corrección;
  21. Convención sobre la protección y la promoción de la diversidad de las expresiones culturales;
  22. Convenio 11 OIT relativo a los derechos de asociación y de coalición de los trabajadores agrícolas;
  23. Convenio OIT No. 87 sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación;
  24. Convenio 98 OIT relativo a la aplicación de los principios del derecho de sindicación y de negociación colectiva;
  25. Convenio 122 OIT relativo a la política del empleo;
  26. Convenio 135 OIT relativo a la protección y facilidades que deben otorgarse a los representantes de los trabajadores en la empresa;
  27. Convenio 141 OIT sobre las organizaciones de trabajadores rurales y su función en el desarrollo económico y social;
  28. Convenio 151 OIT sobre la protección del derecho de sindicación y los procedimientos para determinar las condiciones de empleo en la administración pública;
  29. Convención sobre los derechos políticos de la mujer;
  30. Convención sobre la Nacionalidad de la Mujer Casada;
  31. Convención sobre el consentimiento para el matrimonio, la edad mínima para contraer matrimonio y el registro de los matrimonios;
  32. Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer;
  33. Convención sobre los Derechos del niño;
  34. Protocolo Facultativo de la Convención del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados;
  35. Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la Venta de Niños, la Prostitución y la Pornografía Infantil;
  36. Convenio 138 OIT sobre la edad mínima;
  37. Convenio 182 OIT sobre las peores formas de trabajo infantil;
  38. Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad;
  39. Convenio de Ginebra para aliviar la suerte que corren los heridos y los enfermos de las fuerzas armadas en campaña (Convenio I);
  40. Convenio de Ginebra para aliviar la suerte que corren los heridos, los enfermos y los náufragos de las fuerzas armadas en el mar (Convenio II);
  41. Convenio de Ginebra relativo al trato debido a los prisioneros de guerra (Convenio III);
  42. Convenio de Ginebra relativo a la protección de personas civiles en tiempos de guerra (Convenio IV);
  43. Protocolo Adicional sobre la protección de las víctimas de conflictos armados internacionales (Protocolo I);
  44. Protocolo Adicional sobre la protección de las víctimas de conflictos armados no internacionales (Protocolo II).

Fuente: Informe Nacional de la República de Cuba al Examen Periódico Universal del Consejo de Derechos Humanos de 2018.

Por REDH-Cuba

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